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Texóloc, cabecera municipal con una población de 3 770 habitantes, su principal actividad es el comercio.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 87 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; los Ayuntamientos se compondrán de un Presidente Municipal, un Síndico y los Regidores que determine la Ley, nombrados cada tres años en elección directa calificada por el Congreso en los términos que la propia Ley prescriba.
Ayuntamiento 2014
Presidente Municipal,
Síndico
7 Regidores Representación Proporcional
Para analizar y resolver los problemas del municipio y para vigilar que se ejecuten las disposiciones y acuerdos del ayuntamiento, se conforman las comisiones administrativas necesarias. Art. 37 y 38 de la Ley Orgánica Municipal.
Comisiones del Ayuntamiento | Responsable |
Comisión de Hacienda. | Segundo Regidor |
Comisión de Gobernación. | Sexto Regidor |
Comisión de Educación Pública. | Quinto Regidor |
Comisión de Salud Pública y Desarrollo Social | Séptimo Regidor |
Comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología | Primer Regidor |
Comisión de Desarrollo Agropecuario | Primer Regidor |
Comisión de Fomento Industrial, Comercial, Turístico y Artesanal | Quinto Regidor |
Comisión de Protección y Control de Patrimonio Municipal | Segundo Regidor |
Comisión de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte. | Sexto Regidor |
Delegados de las comunidades.
Distrito electoral local.- Este municipio pertenece al Distrito IX: con cabecera en Tepeyanco, comprendiendo las siguientes secciones electorales: 429 y 430.
Distrito electoral federal.- De conformidad con la distritación federal electoral elaborada por el Instituto Federal Electoral (IFE), Tlaxcala cuenta a partir de los comicios de 1997 con un distrito adicional. Así, se establecen 3 distritos electorales federales. En la nueva distritación, el municipio de San Damián Texóloc se incorpora al distrito electoral federal III, mismo que se integra con 23 municipios.